CASI 9 AÑOS TRAS LAS REJAS PASARÁ POR ABUSAR DE UNA MENOR DE EDAD
El fin de semana pasado se sentenció a 8 años y 9 meses de prisión a L.A.C.Ch., en juicio abreviado, por el delito de abuso sexual equiparado agravado en contra de una menor, hechos que se registraron el pasado mes de enero en un predio de la colonia Díaz Ordaz, de Mérida.
Una vez que se contó con la anuencia de las partes involucradas, la Fiscalía General del Estado (FGE) presentó las pruebas en la audiencia celebrada en el Juzgado Segundo de Control en el Centro de Justicia Oral de Mérida, donde se dictó el fallo señalado por el delito de referencias, y otorgó además de la pena de prisión, una multa de 2075 días.
Además de las penas señaladas, se le condenó a la reparación del daño, se le prohíbe acercarse a la víctima y su familia una vez compurgada la pena, y también se le realizó amonestación pública y se le suspendieron sus derechos políticos.
Los hechos, reunidos en la causa penal 08/2020, ocurrieron en el interior de un predio de la citada colonia, donde el imputado haciendo uso de la violencia física y moral cometió el ilícito en agravio de la menor, quien opuso resistencia, pero el sentenciado aprovechando su superioridad física la sometió, pero fue sorprendido por la abuela de la menor y posteriormente se presentó la formal denuncia que derivó en la presente resolución.
Una vez que se contó con la anuencia de las partes involucradas, la Fiscalía General del Estado (FGE) presentó las pruebas en la audiencia celebrada en el Juzgado Segundo de Control en el Centro de Justicia Oral de Mérida, donde se dictó el fallo señalado por el delito de referencias, y otorgó además de la pena de prisión, una multa de 2075 días.
Además de las penas señaladas, se le condenó a la reparación del daño, se le prohíbe acercarse a la víctima y su familia una vez compurgada la pena, y también se le realizó amonestación pública y se le suspendieron sus derechos políticos.
Los hechos, reunidos en la causa penal 08/2020, ocurrieron en el interior de un predio de la citada colonia, donde el imputado haciendo uso de la violencia física y moral cometió el ilícito en agravio de la menor, quien opuso resistencia, pero el sentenciado aprovechando su superioridad física la sometió, pero fue sorprendido por la abuela de la menor y posteriormente se presentó la formal denuncia que derivó en la presente resolución.
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